Las sociedades cotizadas que incumplan esta normativa podrían enfrentar multas y hasta la suspensión de la cotización en Bolsa.
Las empresas que no alcancen una representación femenina del 40% al 60% en sus órganos de toma de decisiones enfrentarán infracciones graves, según la Ley de Paridad aprobada nuevamente por el Consejo de Ministros. De este modo, las sociedades cotizadas que incumplan esta norma podrían enfrentar multas y hasta la suspensión de la cotización en Bolsa.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, afirmó en una rueda de prensa, recogida por Cinco Días, que “la meritocracia sin paridad no es posible” al explicar la importancia de la nueva legislación. Los plazos para la entrada en vigor de la paridad se mantienen, comenzando el 30 de junio de 2024 para las 35 sociedades con mayor capitalización bursátil, el 30 de junio de 2025 para aquellas con una capitalización superior a los 500 M€ y un año después para las demás.
CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
Así, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) supervisará el cumplimiento de estas obligaciones en las empresas cotizadas. El principio de equilibrio 40-60 también se aplicará a entidades de interés público, colegios profesionales y órganos constitucionales, afectando al Gobierno, listas electorales y otros organismos estatales. La Administración General del Estado deberá incorporar este principio en sus órganos superiores y directivos en los cinco años siguientes a la aprobación de la ley. En caso de incumplimiento, las entidades deberán informar de las causas y presentar un plan para lograr la paridad en el menor plazo posible.